CONDICIONES GENERALES

A los efectos de las presentes "Condiciones Generales", se entenderá como programa/folleto aquel en el que se encuentre
incluida la oferta que haya dado origen al contrato de viaje combinado.

1. Regulación jurídica aplicable
El contrato se rige por las cláusulas contenidas en el mismo y se complementa con lo estipulado en la Ley de Viajes
Combinados 21/95 y los vigentes Reglamentos de las diversas Comunidades Autónomas sobre Agencias de Viajes, cuya aplicación será función del ámbito territorial que corresponda, y demás normativas que le sean aplicables.
Es un contrato de viaje combinado, puesto que en el mismo se incluyen un conjunto de servicios previamente programados y ofertados por un precio global. Se considerará perfeccionado el contrato cuando ambas partes lo firmen y el consumidor abone el total del precio estipulado.
El hecho de adquirir o tomar parte en alguno de los viajes publicados en este folleto origina la expresa aceptación por parte de todas y cada una de las "Condiciones Generales", que se considerarán automáticamente incorporadas al contrato, sin que sea precisa su transcripción escrita individualizada en el mismo. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Barcelona pra resolver todas sus diferencias.

2. Organización
La organización de este viaje combinado ha sido realizada por ORIENT MARK TOURS, S.L N.I.F. B-61042149, con domicilio en Berlín 4, 1o. 4a, 08014 Barcelona, Título-Licencia GC-37M.

3. Inscripciones y reembolsos
En el caso de la inscripción deberá depositarse 40% del importe total del viaje, no considerándose plaza alguna como comprometida en firme mientras no se efectue dicho depósito. EL 60% restante deberá abonarse al menos siete días antes de la fecha de salida, considerándose en caso contrario la plaza como anulada, y se aplicarán, en tal supuesto, las condiciones reseñadas en el apartado "Anulaciones". La confirmación de la reserva se efectuará siempre antes de la formalización del contrato.
Los precios indicados en el programa/folleto tienen incluidos los impuestos indirectos sobre el consumo cuando sean aplicables. Han sido calculados en base a las tarifas y cambios de moneda vigentes en la fecha de edición del folleto y sus anexos y ofertas acogidas al mismo. Los precios podrán ser revisados en el caso en que se produzcan variaciones en el coste de los trasnportes, incluido el coste del carburante; en las tasas e impuestos relativos a determinados servicios, o en los tipos de cambio aplicados al viaje. Estas variaciones serán imputadas automáticamente al consumidor, lo que obliga
a comunicar la variación al usuario, quien podrá desistir del viaje, con derecho al reembolso de sus pagos.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto se formalizarán siempre a través de la Agencia Detallista donde se hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.
Los reembolsos por servicios no prestados se tramitarán a través de la oficina inscriptora al finalizar los viajes, previa presentación de los justificantes extendidos durante el viaje por el guía acompañante o, en su caso, el prestatario del servicio. En caso de ser solicitado sin el justificante, la organización no se responsabilizará de un rápido trámite de reembolso.

4. El precio del Viaje Combinado incluye
1- Transporte de ida y vuelta, cuando este servicio esté incluido en el contrato.
2- El alojamiento y/o pensión alimenticia en el régimen contratado en cada caso en los hoteles y/o establecimientos elegidos o en otros similares en caso de sustitución.
3- Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros.
4- La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido.
5- Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en los itinerarios correspondientes.
6- Los impuestos indirectos (I.V.A. y I.G.I.C.) cuando estos sean aplicables.
7- Seguro de viaje, contratado por la Compañía Europea de Seguros. El contenido del mismo se entregará con la documentación del viaje. Posibilidad de contratar seguro de cancelación.
8- Todo aquello que se especifique, además, en el contrato.
La única interpretación auténtica de los servicios comprendidos en el viaje será la que ofrezca la Agencia Organizadora.
Como norma general, ha de seguirse el criterio estricto de literalidad, que conduce a la conclusión de que lo que no esté específicamente detallado como comprendido en el precio del viaje, no estará incluido en éste.

5. Nuestros precios no incluyen:
Visados, tasas de aeropuerto y/o tasa de entrada y salida, certificados de vacunación, "extras" tales como cafés, vinos, aguas minerales, licores, regímenes alimenticios especiales,...etc.
En el caso de excursiones o visitas facultativas cuyo precio está indicado con el simple carácter de "estimado", podrán producirse (según las circunstancias) variaciones sobres estos costes inicialmente calculados o previstos.

6. Notas importantes sobre hoteles y otros servicios.
La categoría que se indica en los hoteles ofertados es la clasificación oficial aportada por el país de acogida de que se trate.
En aquellos países que carecen de clasificación hotelera oficial, se estará a la clasificación otorgada por el sector. En el supuesto de que ORIENT MARK TOURS se viera obligada a variar el hotel reservado por el cliente, su responsabilidad quedará delimitada a ofrecer al cliente un hotel de igual categoría o superior.
Dada la legislación vigente al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles, permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertido previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reserva y en los billetes y documentaciones definitivas de viaje. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, cuando así se especifique en la oferta del programa/folleto.
- Habitaciones: el horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas establecidas en cada país. Como norma general, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 12:00 h. del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12:00 h. del día de salida.
En el supuesto de que el cliente prevea su llegada al hotel reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es necesario, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor antelación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel directamente según los casos. Igualmente, debe consultar la posibilidad de llevar animales en el viaje a la Agencia en el momento de hacer la reserva, dado que generalmente no son admitidos en los hoteles.
- Otros servicios: en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 12:00 h, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido en la oferta del programa/folleto, será la cena. En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19:00 h, el primer servicio del hotel será el alojamiento.
Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel vuelo cuyo soporte documental sea un sólo cupón de vuelo.

7. Servicios suplementarios
Cuando los usuarios solicitan, previo pago correspondiente, servicios suplementarios que no les puedan se confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, tales como servicios de habitación individual, vistas al mar, baño privado,...etc. y éstos no pueden ser facilitados, la Agencia Organizadora no contraerá más responsabilidad que la de reembolsar el importe pagado por tales servicios que el usuario recibirá al final del viaje.

8. Equipaje
El equipaje del viajero no es objeto del contrato de transporte terrestre, entendiéndose a todos los efectos que aquél lo conserve consigo cualquiera que sea la parte del vehículo en que vaya colocado y que se transporte por cuenta y riesgo del viajero sin que la Agencia Organizadora venga obligada a responder de la pérdida o daños que el mismo pudiera sufrir durante el viaje por cualquier causa. Se recomienda a todos los clientes que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de equipajes. En cuanto al transporte aéreo del equipaje, nos remitimos a las condiciones de las compañías aéreas reglamentadas por I.A.T.A.
No obstante, lo habitual es admitir totalmente gratis el transporte de uno o dos bultos por persona con un peso máximo total de 20 Kg. En el caso supuesto de sufrir daño o extravío se recomiendo presentar, en el acto, la oportuna reclamación a la Compañía de Transportes.

9. Condiciones económicas especiales para niños
Dada la diversidad del trataimiento aplicable a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor de los servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información concreta y detallada. En general, en cuanto al alojamiento, serán aplicables siempre que el niño comparta la habitación con dos adultos.

10. Documentación
Todos los usuarios, sin excepción, deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o DNI, según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos, cuando los viajes así lo requieran, la obtención de visado, pasaporte, certificados, etc. Caso de ser rechazada por alguna autoridad la concesión de visados, por las causas particulares del usuario o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, por no ser portador de la misma, la Agencia Organizadora declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de anulación o desestimamiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios* que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados, a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad competente.
* Y en especial a los que no sean de nacionalidad española.
El usuario recibe de la Agencia Detallista la información pertinente sobre la documentación específica necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento sobre la inscripción facultativa del seguro que le cubra los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento. ORIENT MARK TOURS, tiene contratada varias compañías de seguros que cubren los supuestos gastos y/o daños sufridos por el viajero. (Se informará del detalle de los gastos antes de contratar el viaje.).

11. Anulaciones y Cesiones
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total como el anticipo previsto anteriormente, pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación se indican:
A/ En el caso de servicios sueltos: la totalidad de los gastos, más los gastos de anulacion, si lo hubiera producido éstos
últimos.
B/ En el caso de viajes combinados:
1) Los gastos de gestión más los gastos de anulación, si los hubiese.
2) Una penalización consistente en el 5% del total del viaje si el desestimiento se produce con más de 10 días y menos de 15 de antelación a la fecha de comienzo del viaje, el 15% entre los días 3 y 10 y el 25% dentro de las 48 horas anteriores a la salida.
De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.
C/ Las excursiones que sean contratadas por el consumidor en destino se regirán en lo referente a los gastos por anulación por sus condiciones específicas, que serán puestas de manifiesto al usuario, compartiendo todas ellas la penalización del 100% de su importe si el consumidor no se presenta a las mismas.
Las condiciones fijadas para los gastos por anulación, serán plenamente aplicables con independencia de que la cancelación se haya producido por causas de fuerza mayor del consumidor.
El consumidor del viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona siempre que lo comunique con 15 días de antelación a la fecha de inicio del viaje.
El concesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente ante la Agencia de Viajes de pago del precio del viaje y de los gastos adicionales de la cesión.
Cuando por el tipo de tarifas o características propias del medio de transporte a utilizar, o cuando las características de los servicios a realizar por prestadores terceros hagan del todo imposible la cesión, ésta no podrá ser llevada a cabo.

12. Alteraciones
La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados a través de las ofertas contenidas en este folleto, con las condiciones y las características estipuladas. Quedará eximida de esta obligación cuando concurran causas de fuerza mayor, es decir, circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales o imprevisibles, cuyas consecuencias no habían podido evitarse pese a toda la diligencia empleada; o bien causas suficientes que engloban aquellos supuestos en los que la Agencia, a pesar de actuar con la previsión y la diligencia debidas, no pueda facilitar los servicios contratados por razones que no le sean imputables. Si se produce la imposibilidad de prestar algún servicio por parte de la Agencia Organizadora después de perfeccionado el contrato, y antes de la salida del viaje, el consumidor tendrá derecho a optar por aceptar un suplemento del contrato en el que se especifíquen las modificaciones introducidas y su repercusión en el precio; o por la rescisión del contrato, pudiendo elegir entonces entre otro viaje combinado de calidad equivalente o superior en caso de que la Agencia pueda proporcionárselo, o entre el reembolso total de lo abonado, debiendo comunicar su decisión a la Agencia en el plazo de 48 horas hábiles. No se podrá pedir indemnización por incumplimiento de contrato cuando la imposibilidad venga motivada por causas suficientes o de fuera mayor, o cuando el cliente haya optado por la sustitución del servicio de imposible prestación. Si por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, ni tenga su justificación en causas suficientes o de fuerza mayor, la Agencia Organizadora cancela el viaje combinado después de formalizado el contrato y antes de la fecha de salida, el cliente tendrá derecho a otro viaje combinado, o al reembolso del total abonado, en los términos establecidos en el párrafo anterior, debiendo comunicar su decisión a la Agencia Organizadora 48 horas hábiles de antelación. No se podrá pedir indemnización por inclumplimiento de contrato cuando la cancelación del mismo se produzca por causa suficiente o de fuerza mayor. Si se produce el incumplimiento o mal cumplimiento de servicios prestados que supongan más del 50% del precio del viaje que no se encuentre motivado por causas suficientes o de fuerza mayor, la Agencia Organizadora adoptará otras soluciones adecuadas para la continuación del viaje combinado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor, y en su caso, abonará a éste último el importe de la diferencia entra las prestaciones previstas y las suministradas. Si tales soluciones fuesen inviables o si el consumidor no las aceptara por razones objetivamente válidas, la Agencia le proporcionará, en todo caso, el regreso hasta el punto de origen, devolviéndole las cantidades que proporcionalmente le correspondan. En estas situaciones, el consumidor podrá exigir indemnización por incumplimiento de contrato a la Agencia Organizadora. No procederá la indemnización cuando hayan concurrido causas suficientes o de fuerza mayor. Cualquier imposibilidad de prestación de los servicios que ponga de manifiesto la Agencia Organizadora al cliente antes del perfeccionamiento del contrato no podrá justificar una solicitud de indemnización a la Agencia por parte del cliente por incumplimiento de contrato, puesto que éste no se ha perfeccionado, enmarcándose dicha modificación del programa-oferta dentro del natural proceso de negociación del mismo. La Agencia Organizadora podrá anular la salida del viaje cuando el número de personas inscritas sea inferior al número exigido, debiendo notificar la anulación con más de 9 días de antelación a la salida.
Respecto a los circuitos en autocar en los que se garantizan el aire acondicionado, si por cualquier causa no se pudiese prestarse dicho servicio, la Agencia Organizadora reembolsará a cada persona 1.000 pesetas, sin que por este concepto pueda el cliente reclamar.

13. Responsabilidad.
La Agencia de Viajes Organizadora y la Vendedora final del Viaje Combinado responderán frente al consumidor, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión de viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallista a actuar contra dichos prestadores de servicios y siempre dentro de los límites establecidos en estas Condiciones Generales y en la legislación aplicable. A título informativo, el Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje.
En caso de cualquier incumplimiento en la ejecución de los servicios, el consumidor se obliga a comunicarlo al prestador de servicios de que se trate y a la Agencia, de manera fehaciente y a la mayor brevedad posible, preferentemente in situ o en todo caso en los cinco días siguientes a la finalización del viaje, puesto que fuera de ese plazo a la Agencia Organizadora le sería imposible la comprobación de la veracidad de lo alegado, así como el logro de una solución satisfactoria para todas las partes implicadas.
En el caso de que el consumidor considere que las soluciones arbitradas por la Agencia Organizadora no hayan sido satisfactorias, podrá interponer reclamación en el plazo de 1 mes a contar desde la fecha del regreso del viaje ante la citada Agencia Organizadora que será presentada a través de la Agencia Detallista que vendió el viaje y en la que se acreditará haber puesto de manifiesto el presunto incumplimiento en los cinco días siguientes a su ocurrencia. No obstante, la interposición de cualquier reclamación derivada del contrato del Viaje Combinado no exime del pago del viaje en ningún caso. El plazo de prescripción de las acciones será el establecido en el Artículo 13 de la Ley 21/95.
En cuanto al límite del resarcimiento por daños corporales que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el Viaje Corporativo, se estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, la indemnización nunca podrá ser superior al precio total del viaje inicialmente contratado. En ningún caso la Agencia se responsabilizará de los gastos de alojamiento, manutención, transportes y otros que se originen a consecuencia de retrasos en salidas o regresos de medios de transportes por causas meteorológicas, técnicas, huelgas u otras de fuerza mayor.
Cuando el viaje se efectúe en autocares propios o alquilados por la Agencia Organizadora, en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el consumidor se somete a la legislación en materia de accidentes por carretera de la nación en que se halle matriculado el vehículo, pudiendo acogerse, en cuanto a daños personales se refiere, al seguro del mismo con correspondiente cuadro de indemnizaciones previstas al efecto, y en virtud del cual dichas indemnizaciones serían pagadas a los interesados, beneficiarios o sus representantes legales en el país de matrícula del vehículo y precisamente en la moneda de curso legal del mismo.
En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de una hora y media sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación informativa del viaje. No obstante, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de antelación los horarios de salida de los vuelos.

14. Vigencia
La vigencia del programa será de Mayo-2004 a Marzo-2005
Fecha emisión: Mayo 2004.
Nota informativa:
Las Compañías Aéreas, Marítimas y Terrestres que intervengan en la realización de los viajes ofertados en el programa/folleto no se considerarán responsables de ninguno de los actos, omisiones o irregularidades que puedan acaecer al viajero durante el tiempo que éste permanezca fuera de los respectivos medios de transportes. El contrato de pasaje constituirá el único lazo que une a la Compañía Transportista y al consumidor o viajero.

 

 

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