| CONDICIONES
GENERALES
A los efectos de las presentes "Condiciones Generales",
se entenderá como programa/folleto aquel en
el que se encuentre
incluida la oferta que haya dado origen al contrato
de viaje combinado.
1.
Regulación jurídica aplicable
El contrato se rige por las cláusulas contenidas
en el mismo y se complementa con lo estipulado en
la Ley de Viajes
Combinados 21/95 y los vigentes Reglamentos de las
diversas Comunidades Autónomas sobre Agencias
de Viajes, cuya aplicación será función
del ámbito territorial que corresponda, y demás
normativas que le sean aplicables.
Es un contrato de viaje combinado, puesto que en el
mismo se incluyen un conjunto de servicios previamente
programados y ofertados por un precio global. Se considerará
perfeccionado el contrato cuando ambas partes lo firmen
y el consumidor abone el total del precio estipulado.
El hecho de adquirir o tomar parte en alguno de los
viajes publicados en este folleto origina la expresa
aceptación por parte de todas y cada una de
las "Condiciones Generales", que se considerarán
automáticamente incorporadas al contrato, sin
que sea precisa su transcripción escrita individualizada
en el mismo. Las partes se someten expresamente a
la jurisdicción de los Tribunales de Barcelona
pra resolver todas sus diferencias.
2.
Organización
La organización de este viaje combinado ha
sido realizada por ORIENT MARK TOURS, S.L N.I.F. B-61042149,
con domicilio en Berlín 4, 1o. 4a, 08014 Barcelona,
Título-Licencia GC-37M.
3.
Inscripciones y reembolsos
En el caso de la inscripción deberá
depositarse 40% del importe total del viaje, no considerándose
plaza alguna como comprometida en firme mientras no
se efectue dicho depósito. EL 60% restante
deberá abonarse al menos siete días
antes de la fecha de salida, considerándose
en caso contrario la plaza como anulada, y se aplicarán,
en tal supuesto, las condiciones reseñadas
en el apartado "Anulaciones". La confirmación
de la reserva se efectuará siempre antes de
la formalización del contrato.
Los precios indicados en el programa/folleto tienen
incluidos los impuestos indirectos sobre el consumo
cuando sean aplicables. Han sido calculados en base
a las tarifas y cambios de moneda vigentes en la fecha
de edición del folleto y sus anexos y ofertas
acogidas al mismo. Los precios podrán ser revisados
en el caso en que se produzcan variaciones en el coste
de los trasnportes, incluido el coste del carburante;
en las tasas e impuestos relativos a determinados
servicios, o en los tipos de cambio aplicados al viaje.
Estas variaciones serán imputadas automáticamente
al consumidor, lo que obliga
a comunicar la variación al usuario, quien
podrá desistir del viaje, con derecho al reembolso
de sus pagos.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier
concepto se formalizarán siempre a través
de la Agencia Detallista donde se hubiera realizado
la inscripción, no efectuándose devolución
alguna por servicios no utilizados voluntariamente
por el consumidor.
Los reembolsos por servicios no prestados se tramitarán
a través de la oficina inscriptora al finalizar
los viajes, previa presentación de los justificantes
extendidos durante el viaje por el guía acompañante
o, en su caso, el prestatario del servicio. En caso
de ser solicitado sin el justificante, la organización
no se responsabilizará de un rápido
trámite de reembolso.
4.
El precio del Viaje Combinado incluye
1- Transporte de ida y vuelta, cuando este servicio
esté incluido en el contrato.
2- El alojamiento y/o pensión alimenticia en
el régimen contratado en cada caso en los hoteles
y/o establecimientos elegidos o en otros similares
en caso de sustitución.
3- Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros.
4- La asistencia técnica durante el viaje,
cuando este servicio esté específicamente
incluido.
5- Todos los demás servicios y complementos
que se especifiquen concretamente en los itinerarios
correspondientes.
6- Los impuestos indirectos (I.V.A. y I.G.I.C.) cuando
estos sean aplicables.
7- Seguro de viaje, contratado por la Compañía
Europea de Seguros. El contenido del mismo se entregará
con la documentación del viaje. Posibilidad
de contratar seguro de cancelación.
8- Todo aquello que se especifique, además,
en el contrato.
La única interpretación auténtica
de los servicios comprendidos en el viaje será
la que ofrezca la Agencia Organizadora.
Como norma general, ha de seguirse el criterio estricto
de literalidad, que conduce a la conclusión
de que lo que no esté específicamente
detallado como comprendido en el precio del viaje,
no estará incluido en éste.
5.
Nuestros precios no incluyen:
Visados, tasas de aeropuerto y/o tasa de entrada y
salida, certificados de vacunación, "extras"
tales como cafés, vinos, aguas minerales, licores,
regímenes alimenticios especiales,...etc.
En el caso de excursiones o visitas facultativas cuyo
precio está indicado con el simple carácter
de "estimado", podrán producirse
(según las circunstancias) variaciones sobres
estos costes inicialmente calculados o previstos.
6.
Notas importantes sobre hoteles y otros servicios.
La categoría que se indica en los hoteles ofertados
es la clasificación oficial aportada por el
país de acogida de que se trate.
En aquellos países que carecen de clasificación
hotelera oficial, se estará a la clasificación
otorgada por el sector. En el supuesto de que ORIENT
MARK TOURS se viera obligada a variar el hotel reservado
por el cliente, su responsabilidad quedará
delimitada a ofrecer al cliente un hotel de igual
categoría o superior.
Dada la legislación vigente al respecto, que
establece sólo la existencia de habitaciones
individuales y dobles, permitiendo que en algunas
de estas últimas pueda habilitarse una tercera
cama, se estimará siempre que la utilización
de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento
de las personas que ocupan la habitación. Esta
tácita estimación deriva de la circunstancia
cierta de haber sido advertido previamente, así
como de figurar reflejada la habitación como
triple en todos los impresos de reserva y en los billetes
y documentaciones definitivas de viaje. Igualmente
en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta
cuatro personas, cuando así se especifique
en la oferta del programa/folleto.
- Habitaciones: el horario de ocupación de
las habitaciones depende de las normas establecidas
en cada país. Como norma general, las habitaciones
podrán ser utilizadas a partir de las 12:00
h. del día de llegada y deberán quedar
libres antes de las 12:00 h. del día de salida.
En el supuesto de que el cliente prevea su llegada
al hotel reservado en fechas u horas distintas a las
reseñadas, es necesario, para evitar problemas
y malas interpretaciones, comunicar con la mayor antelación
posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora,
o al hotel directamente según los casos. Igualmente,
debe consultar la posibilidad de llevar animales en
el viaje a la Agencia en el momento de hacer la reserva,
dado que generalmente no son admitidos en los hoteles.
- Otros servicios: en los vuelos cuya llegada al punto
de destino se realice después de las 12:00
h, el primer servicio del hotel, cuando esté
incluido en la oferta del programa/folleto, será
la cena. En los vuelos cuya llegada al punto de destino
se realice después de las 19:00 h, el primer
servicio del hotel será el alojamiento.
Se entenderá siempre como trayecto aéreo
directo aquel vuelo cuyo soporte documental sea un
sólo cupón de vuelo.
7.
Servicios suplementarios
Cuando los usuarios solicitan, previo pago correspondiente,
servicios suplementarios que no les puedan se confirmados
definitivamente por la Agencia Organizadora, tales
como servicios de habitación individual, vistas
al mar, baño privado,...etc. y éstos
no pueden ser facilitados, la Agencia Organizadora
no contraerá más responsabilidad que
la de reembolsar el importe pagado por tales servicios
que el usuario recibirá al final del viaje.
8.
Equipaje
El equipaje del viajero no es objeto del contrato
de transporte terrestre, entendiéndose a todos
los efectos que aquél lo conserve consigo cualquiera
que sea la parte del vehículo en que vaya colocado
y que se transporte por cuenta y riesgo del viajero
sin que la Agencia Organizadora venga obligada a responder
de la pérdida o daños que el mismo pudiera
sufrir durante el viaje por cualquier causa. Se recomienda
a todos los clientes que estén presentes en
todas las manipulaciones de carga y descarga de equipajes.
En cuanto al transporte aéreo del equipaje,
nos remitimos a las condiciones de las compañías
aéreas reglamentadas por I.A.T.A.
No obstante, lo habitual es admitir totalmente gratis
el transporte de uno o dos bultos por persona con
un peso máximo total de 20 Kg. En el caso supuesto
de sufrir daño o extravío se recomiendo
presentar, en el acto, la oportuna reclamación
a la Compañía de Transportes.
9.
Condiciones económicas especiales para niños
Dada la diversidad del trataimiento aplicable a los
niños, dependiendo de su edad, del proveedor
de los servicios y de la fecha del viaje, se recomienda
consultar siempre el alcance de las condiciones especiales
que existan y que en cada momento serán objeto
de información concreta y detallada. En general,
en cuanto al alojamiento, serán aplicables
siempre que el niño comparta la habitación
con dos adultos.
10.
Documentación
Todos los usuarios, sin excepción, deberán
llevar en regla su documentación personal y
familiar correspondiente, sea el pasaporte o DNI,
según las leyes del país o países
que se visitan. Será por cuenta de los mismos,
cuando los viajes así lo requieran, la obtención
de visado, pasaporte, certificados, etc. Caso de ser
rechazada por alguna autoridad la concesión
de visados, por las causas particulares del usuario
o ser denegada su entrada en el país por carecer
de los requisitos que se exigen, o por defecto en
la documentación exigida, por no ser portador
de la misma, la Agencia Organizadora declina toda
responsabilidad por hechos de esta índole,
siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que
se origine, aplicándose en estas circunstancias
las condiciones y normas establecidas para los supuestos
de anulación o desestimamiento voluntario de
servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios*
que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de
tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables
en materia de visados, a fin de poder entrar sin problemas
en todos los países que vayan a visitarse.
Los menores de 18 años deben llevar un permiso
escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión
de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier
autoridad competente.
* Y en especial a los que no sean de nacionalidad
española.
El usuario recibe de la Agencia Detallista la información
pertinente sobre la documentación específica
necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento
sobre la inscripción facultativa del seguro
que le cubra los gastos de cancelación y/o
de un seguro de asistencia que cubra los gastos de
repatriación en caso de accidente, enfermedad
o fallecimiento. ORIENT MARK TOURS, tiene contratada
varias compañías de seguros que cubren
los supuestos gastos y/o daños sufridos por
el viajero. (Se informará del detalle de los
gastos antes de contratar el viaje.).
11.
Anulaciones y Cesiones
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir
de los servicios solicitados o contratados teniendo
derecho a la devolución de las cantidades que
hubiera abonado, tanto si se trata del precio total
como el anticipo previsto anteriormente, pero deberá
indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación
se indican:
A/ En el caso de servicios sueltos: la totalidad de
los gastos, más los gastos de anulacion, si
lo hubiera producido éstos
últimos.
B/ En el caso de viajes combinados:
1) Los gastos de gestión más los gastos
de anulación, si los hubiese.
2) Una penalización consistente en el 5% del
total del viaje si el desestimiento se produce con
más de 10 días y menos de 15 de antelación
a la fecha de comienzo del viaje, el 15% entre los
días 3 y 10 y el 25% dentro de las 48 horas
anteriores a la salida.
De no presentarse a la hora prevista para la salida,
no tendrá derecho a devolución alguna
de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes
en otro sentido.
C/ Las excursiones que sean contratadas por el consumidor
en destino se regirán en lo referente a los
gastos por anulación por sus condiciones específicas,
que serán puestas de manifiesto al usuario,
compartiendo todas ellas la penalización del
100% de su importe si el consumidor no se presenta
a las mismas.
Las condiciones fijadas para los gastos por anulación,
serán plenamente aplicables con independencia
de que la cancelación se haya producido por
causas de fuerza mayor del consumidor.
El consumidor del viaje combinado podrá ceder
su reserva a una tercera persona siempre que lo comunique
con 15 días de antelación a la fecha
de inicio del viaje.
El concesionario tendrá que reunir los mismos
requisitos que tenía el cedente, exigidos con
carácter general para el viaje combinado, y
ambos responderán solidariamente ante la Agencia
de Viajes de pago del precio del viaje y de los gastos
adicionales de la cesión.
Cuando por el tipo de tarifas o características
propias del medio de transporte a utilizar, o cuando
las características de los servicios a realizar
por prestadores terceros hagan del todo imposible
la cesión, ésta no podrá ser
llevada a cabo.
12.
Alteraciones
La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes
la totalidad de los servicios contratados a través
de las ofertas contenidas en este folleto, con las
condiciones y las características estipuladas.
Quedará eximida de esta obligación cuando
concurran causas de fuerza mayor, es decir, circunstancias
ajenas a quien las invoca, anormales o imprevisibles,
cuyas consecuencias no habían podido evitarse
pese a toda la diligencia empleada; o bien causas
suficientes que engloban aquellos supuestos en los
que la Agencia, a pesar de actuar con la previsión
y la diligencia debidas, no pueda facilitar los servicios
contratados por razones que no le sean imputables.
Si se produce la imposibilidad de prestar algún
servicio por parte de la Agencia Organizadora después
de perfeccionado el contrato, y antes de la salida
del viaje, el consumidor tendrá derecho a optar
por aceptar un suplemento del contrato en el que se
especifíquen las modificaciones introducidas
y su repercusión en el precio; o por la rescisión
del contrato, pudiendo elegir entonces entre otro
viaje combinado de calidad equivalente o superior
en caso de que la Agencia pueda proporcionárselo,
o entre el reembolso total de lo abonado, debiendo
comunicar su decisión a la Agencia en el plazo
de 48 horas hábiles. No se podrá pedir
indemnización por incumplimiento de contrato
cuando la imposibilidad venga motivada por causas
suficientes o de fuera mayor, o cuando el cliente
haya optado por la sustitución del servicio
de imposible prestación. Si por cualquier motivo
que no sea imputable al consumidor, ni tenga su justificación
en causas suficientes o de fuerza mayor, la Agencia
Organizadora cancela el viaje combinado después
de formalizado el contrato y antes de la fecha de
salida, el cliente tendrá derecho a otro viaje
combinado, o al reembolso del total abonado, en los
términos establecidos en el párrafo
anterior, debiendo comunicar su decisión a
la Agencia Organizadora 48 horas hábiles de
antelación. No se podrá pedir indemnización
por inclumplimiento de contrato cuando la cancelación
del mismo se produzca por causa suficiente o de fuerza
mayor. Si se produce el incumplimiento o mal cumplimiento
de servicios prestados que supongan más del
50% del precio del viaje que no se encuentre motivado
por causas suficientes o de fuerza mayor, la Agencia
Organizadora adoptará otras soluciones adecuadas
para la continuación del viaje combinado, sin
suplemento alguno de precio para el consumidor, y
en su caso, abonará a éste último
el importe de la diferencia entra las prestaciones
previstas y las suministradas. Si tales soluciones
fuesen inviables o si el consumidor no las aceptara
por razones objetivamente válidas, la Agencia
le proporcionará, en todo caso, el regreso
hasta el punto de origen, devolviéndole las
cantidades que proporcionalmente le correspondan.
En estas situaciones, el consumidor podrá exigir
indemnización por incumplimiento de contrato
a la Agencia Organizadora. No procederá la
indemnización cuando hayan concurrido causas
suficientes o de fuerza mayor. Cualquier imposibilidad
de prestación de los servicios que ponga de
manifiesto la Agencia Organizadora al cliente antes
del perfeccionamiento del contrato no podrá
justificar una solicitud de indemnización a
la Agencia por parte del cliente por incumplimiento
de contrato, puesto que éste no se ha perfeccionado,
enmarcándose dicha modificación del
programa-oferta dentro del natural proceso de negociación
del mismo. La Agencia Organizadora podrá anular
la salida del viaje cuando el número de personas
inscritas sea inferior al número exigido, debiendo
notificar la anulación con más de 9
días de antelación a la salida.
Respecto a los circuitos en autocar en los que se
garantizan el aire acondicionado, si por cualquier
causa no se pudiese prestarse dicho servicio, la Agencia
Organizadora reembolsará a cada persona 1.000
pesetas, sin que por este concepto pueda el cliente
reclamar.
13.
Responsabilidad.
La Agencia de Viajes Organizadora y la Vendedora final
del Viaje Combinado responderán frente al consumidor,
en función de las obligaciones que les correspondan
por su ámbito respectivo de gestión
de viaje combinado, del correcto cumplimiento de las
obligaciones derivadas del contrato, con independencia
de que éstas las deban ejecutar ellos mismos
u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio
del derecho de los Organizadores y Detallista a actuar
contra dichos prestadores de servicios y siempre dentro
de los límites establecidos en estas Condiciones
Generales y en la legislación aplicable. A
título informativo, el Organizador manifiesta
que asume las funciones de organización y ejecución
del viaje.
En caso de cualquier incumplimiento en la ejecución
de los servicios, el consumidor se obliga a comunicarlo
al prestador de servicios de que se trate y a la Agencia,
de manera fehaciente y a la mayor brevedad posible,
preferentemente in situ o en todo caso en los cinco
días siguientes a la finalización del
viaje, puesto que fuera de ese plazo a la Agencia
Organizadora le sería imposible la comprobación
de la veracidad de lo alegado, así como el
logro de una solución satisfactoria para todas
las partes implicadas.
En el caso de que el consumidor considere que las
soluciones arbitradas por la Agencia Organizadora
no hayan sido satisfactorias, podrá interponer
reclamación en el plazo de 1 mes a contar desde
la fecha del regreso del viaje ante la citada Agencia
Organizadora que será presentada a través
de la Agencia Detallista que vendió el viaje
y en la que se acreditará haber puesto de manifiesto
el presunto incumplimiento en los cinco días
siguientes a su ocurrencia. No obstante, la interposición
de cualquier reclamación derivada del contrato
del Viaje Combinado no exime del pago del viaje en
ningún caso. El plazo de prescripción
de las acciones será el establecido en el Artículo
13 de la Ley 21/95.
En cuanto al límite del resarcimiento por daños
corporales que resulten del incumplimiento o de la
mala ejecución de las prestaciones incluidas
en el Viaje Corporativo, se estará a lo dispuesto
en los Convenios Internacionales sobre la materia.
Por lo que se refiere a los daños que no sean
corporales, la indemnización nunca podrá
ser superior al precio total del viaje inicialmente
contratado. En ningún caso la Agencia se responsabilizará
de los gastos de alojamiento, manutención,
transportes y otros que se originen a consecuencia
de retrasos en salidas o regresos de medios de transportes
por causas meteorológicas, técnicas,
huelgas u otras de fuerza mayor.
Cuando el viaje se efectúe en autocares propios
o alquilados por la Agencia Organizadora, en caso
de accidente, cualquiera que sea el país donde
se produzca, el consumidor se somete a la legislación
en materia de accidentes por carretera de la nación
en que se halle matriculado el vehículo, pudiendo
acogerse, en cuanto a daños personales se refiere,
al seguro del mismo con correspondiente cuadro de
indemnizaciones previstas al efecto, y en virtud del
cual dichas indemnizaciones serían pagadas
a los interesados, beneficiarios o sus representantes
legales en el país de matrícula del
vehículo y precisamente en la moneda de curso
legal del mismo.
En los viajes en avión, la presentación
en el aeropuerto se efectuará con un mínimo
de antelación de una hora y media sobre el
horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán
estrictamente las recomendaciones específicas
que indique la documentación informativa del
viaje. No obstante, se recomienda que el cliente reconfirme
con cuarenta y ocho horas de antelación los
horarios de salida de los vuelos.
14.
Vigencia
La vigencia del programa será de Mayo-2009
a Marzo-2010
Fecha emisión: Mayo 2009.
Nota informativa:
Las Compañías Aéreas, Marítimas
y Terrestres que intervengan en la realización
de los viajes ofertados en el programa/folleto no
se considerarán responsables de ninguno de
los actos, omisiones o irregularidades que puedan
acaecer al viajero durante el tiempo que éste
permanezca fuera de los respectivos medios de transportes.
El contrato de pasaje constituirá el único
lazo que une a la Compañía Transportista
y al consumidor o viajero.
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